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28/10/2021 | El presidente de la Confederación Hidrográfica del Segura ha mantenido una reunión de trabajo con el alcalde de Pulpí.

El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Segura, Mario Urrea, acompañado por el  Comisario de Aguas, Javier García, ha mantenido una reunión de trabajo con el alcalde de Pulpí, Juan Pedro  García, acompañado por el Secretario Municipal, José Manuel Barceló, en la que han tratado temas de interés del municipio en relación con la Confederación Hidrográfica del Segura.

El alcalde ha mostrado interés tanto por  el estado de tramitación de los expedientes abiertos en materia urbanística en zonas de flujo preferente, fuera y dentro de la zona de policía, especialmente por la afección de la rambla de los Charcones al Edificio Polivalente que pretende ejecutar el Ayuntamiento.

El presidente le ha explicado la situación administrativa del expediente, la cual pasa por la emisión de un nuevo informe técnico que debe remitir el Ayto a la CHS firmada por técnico competente y visada por el correspondiente colegio profesional, donde consten  los modelos para los escenarios que la Comisaría de Aguas ha solicitado para cada uno de los supuestos, en los que se recojan los mapas de calados, velocidades, historial de fallos de la estructura de regulación, etc.

Se ha analizado el procedimiento que se está siguiendo para la concesión de licencias urbanísticas por parte del Ayuntamiento en zona inundable, fuera de la zona de flujo preferente, y la documentación o estudios precisos para incluir en la futura revisión del Plan General a los efectos del artículo 25,4 de la Ley de Aguas, dado que el Texto Refundido de la Ley de Aguas en sus artículos 2, que define el Dominio Público Hidráulico, en el artículo 6,  define la zona de servidumbre y de policía y los artículos 9 Bis, 11 y 14 Bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que definen la zona de flujo preferente y la zona inundable, existiendo limitación de usos.

Así en la Zona de Flujo Preferente existen limitaciones estrictas a la mayoría de usos, en la Zona Inundable existen limitaciones  a las actividades más sensibles y otras condiciones menos estrictas,  todo ello en función de su clasificación urbanística a fecha 29 de diciembre de 2016 (RDL 7/2015 de 30 de octubre), el legalmente integrado en una malla urbana que esté edificada o integrada en la red de dotaciones y servicios propios de los núcleos de población y el otro el resto de suelo.

La reunión ha transcurrido en un ambiente de cordialidad y colaboración como siempre ha sido entre ambas administraciones.

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