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2/02/2024 | La CHS designa los vocales que integrarán la Comisión Permanente de la Sequía de la demarcación hidrográfica del Segura

Los agentes designados pertenecientes a la Junta de Gobierno actuarán con voz y voto en las decisiones ejecutivas que pueda tomar la presidencia de la CHS

La Junta de Gobierno también ha dado el visto bueno a los miembros de la Comisión Permanente de la Sequía designados entre administraciones locales y agentes socioeconómicos y medioambientales, de los que integran el Consejo del Agua de la Demarcación.

Esta Comisión Permanente estudiará, valorará y debatirá sobre las medidas excepcionales que hayan de adoptarse en la cuenca en los próximos meses para paliar los efectos de la sequía, para proponerlas a la Presidencia de dicha Comisión.   

La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) ha elegido a los miembros que participarán en la Comisión Permanente de la Sequía. Los vocales procedentes del máximo órgano participativo de la demarcación del Segura, se unirán a los ya designados entre las entidades socioeconómicas, medioambientales y ayuntamientos.

Con esta elección, queda configurada la totalidad de representantes que formaran parte de la Comisión Permanente de la Sequía (CPS) que es el órgano asesor encargado de estudiar, valorar y debatir sobre las medidas excepcionales que hayan de adoptarse en la cuenca en los próximos meses para paliar los efectos de la sequía.

Cabe señalar que los componentes de la CPS procedentes de la Junta de Gobierno poseerán voz y voto en las decisiones ejecutivas que pueda tomar la presidencia de la CHS de cara a implantar medidas para contrarrestar los efectos de la sequía en la cuenca del Segura.

Por otro lado, y al ser un órgano asesor, las personalidades procedentes de los ámbitos económicos, sindicales y de defensas de intereses ambientales junto a las administraciones locales sólo tendrán voz, pero no voto, en las reuniones y decisiones que se puedan llevar a cabo.

Este órgano de apoyo se crea en virtud de las facultades extraordinarias que el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, otorga a los órganos rectores de las confederaciones hidrográficas, para estudiar y valorar las distintas medidas de modificación temporal de las condiciones de utilización del Dominio Público Hidráulico (DPH).

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