Órganos-de-Planificación

Órganos de participación y planificación

Consejo del Agua de la Demarcación

La Ley 62/2003, de transposición de la Directiva Marco del Agua introduce una serie de modificaciones en la Ley de Aguas. Entre ellas, se redefine la cuenca hidrográfica y se crea la figura de la Demarcación Hidrográfica. Asimismo, crea el Consejo del Agua de la Demarcación (que sustituye al antiguo Consejo del Agua de Cuenca). Según esta trasposición, este órgano pasa a tener un papel crucial en materia de participación y planificación, dados sus atributos.

En el Real Decreto 1705/2011, de 18 de noviembre, se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Segura.

Corresponde al Consejo del Agua de la demarcación promover la información, consulta y participación pública en el proceso planificador, y elevar al Gobierno, a través del Ministerio de Medio Ambiente, el plan hidrológico de la cuenca y sus ulteriores revisiones. Asimismo, podrá informar las cuestiones de interés general para la demarcación y las relativas a la protección de las aguas y a la mejor ordenación, explotación y tutela del dominio público hidráulico.

El Consejo puede actuar el pleno y en Comisiones. En todo caso, existirá una Comisión de Planificación Hidrológica para cada Plan Hidrológico que se prevea en el ámbito territorial del Organismo de cuenca.

Funciones.

De carácter general:

  1. Promover la información, consulta y participación pública en el proceso planificador.
  2. Elevar al Gobierno, a través del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, el Plan Hidrológico de la demarcación y sus ulteriores revisiones.
  3. Informar las cuestiones de interés general para la demarcación.
  4. Informar las cuestiones relativas a la protección de las aguas y a la mejor ordenación, explotación y tutela del dominio público hidráulico o las que le sean encomendadas por el Presidente o la Junta de Gobierno del Organismo de cuenca.

En relación al proceso de planificación hidrológica, serán asimismo cometidos específicos del Consejo del Agua de la demarcación:

  1. Informar la propuesta de la Junta de Gobierno de proceder a la revisión del Plan Hidrológico.
  2. Emitir informe preceptivo sobre el esquema provisional de temas importantes en materia de gestión de aguas previsto en el artículo 79.6 del Reglamento de Planificación Hidrológica aprobado por Real Decreto 907/2007, de 6 de julioa.
  3. Emitir informe preceptivo sobre la propuesta de proyecto de Plan Hidrológico y sus ulteriores revisiones con carácter previo a su envío al Gobierno para su aprobación.
  4. Informar los planes especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía con carácter previo a su aprobación.

Otros cometidos y atribuciones:

  1. Ser informado y oído previamente a la declaración de sobreexplotación o riesgo de sobreexplotación de los recursos hidráulicos en una zona, con carácter previo a su aprobación por la Junta de Gobierno, informando el estudio relativo a la situación del acuífero que está en proceso de ser declarado sobreexplotado o en riesgo de estarlo. Asimismo, informará el plan de ordenación de extracciones elaborado tras la declaración de sobreexplotación.
  2. Informar la delimitación de los perímetros de protección de acuíferos, con carácter previo a su aprobación por la Junta de Gobierno.
  3. Informar sobre la determinación de los perímetros de acuíferos dentro de los cuales no será posible el otorgamiento de nuevas concesiones de aguas subterráneas, con carácter previo a su aprobación.
  4. Informar acerca de las modificaciones sobre la anchura de las zonas de servidumbre y de policía, del Dominio Público Hidráulico, con carácter previo a su aprobación por la Junta de Gobierno.
  5. Cualesquiera otras que le vengan legalmente atribuidas.

Composición del Consejo del Agua de la Demarcación

Consejo del Agua de la Demarcación

  • Presidente del Consejo el de la CHS.
  • La Vicepresidencia Primera corresponderá al vocal que resulte elegido por y entre los que representen a las Comunidades Autónomas.
  • La Vicepresidencia Segunda recaerá sobre el vocal que resulte elegido por y entre los vocales representantes de los usuarios.
  • Secretaria del Consejo, con voz pero sin voto, actuará la Secretaria General de la CHS.
  • Vocales del Consejo del Agua de la demarcación:
    • En representación de los departamentos ministeriales:
      • Un vocal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
      • Un vocal del Ministerio de Ciencia e Innovación.
      • Un vocal del Ministerio de Defensa.
      • Un vocal del Ministerio de Hacienda.
      • Un vocal del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
      • Un vocal del Ministerio de Sanidad.
      • Seis vocales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
      • Dos vocales del Ministerio del Interior.
      • Siete vocales del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
    • En representación de los servicios técnicos de la CHS.
      • El Comisario de Aguas.
      • El Director Técnico.
      • El Jefe de la Oficina de Planificación Hidrológica.
    • En representación de las Comunidades Autónomas:
      • Andalucía, dos vocales.
      • Castilla-La Mancha, cuatro vocales.
      • Región de Murcia, doce vocales.
      • Comunidad Valenciana, cuatro vocales.
    • En representación de las Entidades Locales, cuyo territorio coincida total o parcialmente con el de la demarcación, tres vocales.
    • En representación de los usuarios, veintiocho vocales.
    • En representación de las asociaciones y organizaciones de defensa de intereses ambientales, económicos y sociales relacionadas con el agua, los siguientes vocales:
      • Asociaciones agrarias, dos vocales. COAG, ADEA-ASAJA
      • Asociaciones ecologistas, dos vocales. Ecologistas en Acción Región de Murcia, Asociación de Naturalistas del Sureste (ANSE)
      • Asociaciones empresariales, un vocal. Confederación Regional de Organizaciones Empresariales de Murcia (CROEM)
      • Organizaciones sindicales, un vocal. Sindicatos UGT y CC.OO.

Comisión de Planificación del Consejo del Agua de la Demarcación

De composición más reducida, proporcionalmente similar a la del pleno, y de convocatoria y actuación más ágil, estando encargada de la aprobación de las directrices del Plan Hidrológico, con carácter previo a la elaboración de la propuesta del Plan, así como de informar sobre cuestiones de interés general para la Cuenca.

Composición de la Comisión de Planificación del Consejo del Agua de la Demarcación

Composición de la Comisión de Planificación del Consejo del Agua de la Demarcación

  • Presidente.
  • Director Técnico.
  • Comisario de Aguas.
  • Jefe de la OPH.
  • En representación de los usuarios: 12 vocales:
    • MCT
    • IBERDROLA
    • CR.CAMPOTEJAR/LOS DONES
    • J.HACENDADOS HUERTA MURCIA
    • J.P.A. ORIHUELA
    • SCRATS
    • CR. CAMPO DE CARTAGENA
    • C.R. LORCA
    • JCU.NORTE VEGA SEGURA
    • RIEGOS DE LEVANTE MI
    • RIEGOS DE LEVANTE MD
    • C.R. CAMPO DE CARTAGENA
  • En representación de organizaciones/asociaciones: 3 vocales:
    • INTERESES ECONÓMICOS
    • INTERESES SOCIALES
    • ASOCIACIONES AGRARIAS
  • En representación de entidades locales: 2 vocales
  • En representación de la Administración del Estado: 7 vocales
    • MAGRAMA (3)
    • HACIENDA Y ADMONES. PUBLICAS (1)
    • FOMENTO (1)
    • INDUSTRIA(1)
    • ECONOMIA Y COMPETITIVAD(1)
  • En representación de CC.AA. 8 vocales:
    • REGION DE MURCIA (3)
    • COMUNIDAD VALENCIANA (2)
    • CASTILLA-LA MANCHA (2)
    • JUNTA DE ANDALUCÍA (1)
  • Invitados permanentes:
    • CG RIEGOS MERIDIONALES
    • CR. MARTÍNEZ PARRAS
    • C.R. MAZARRÓN
    • ECOLOGISTAS EN ACCION R.MURCIA
    • AYTO. CALASPARRA
    • DEMARCACIÓN COSTAS MURCIA
    • AUTORIDAD PORTUARIA CARTAGENA
Certificación ENS media
Certificación ISO 27001